Corte Suprema declara ilegal huelga de pilotos de Avianca


Con 5 votos a favor y 2 en contra ratificó la decisión del Tribunal Superior de Bogotá al considerar al transporte aéreo como servicio esencial.

Además, la Corte Suprema de Justicia estimó que:

En providencia mayoritaria, la Sala de Casación Laboral de la corporación  determinó que, para adoptar la disposición de la huelga, los trabajadores debían seguir las reglas de mayorías establecidas en el artículo 444 del Código Sustantivo del Trabajo, según el cual dicha decisión debe obtenerse  “…mediante votación secreta, personal e indelegable, por la mayoría absoluta de los trabajadores de la empresa, o de la asamblea general de los afiliados al sindicato o sindicatos que agrupen más de la mitad de aquellos trabajadores”. En este caso, por tratarse de un sindicato de industria y con carácter minoritario, en el ámbito de la empresa, la decisión le correspondía a la mayoría absoluta de los trabajadores de la empresa y no exclusivamente a los afiliados de la organización sindical. La Corte verificó que de un total de más de 8000 trabajadores tan solo 699 habían votado a favor de la huelga, por lo cual la decisión no había sido adoptada con las mayorías legalmente exigidas. https://www.google.com.co




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